
Desvío de dinero practicado por el empleado
Cuando hablamos de malversación por parte de un empleado, lo que nos viene a la mente es el delito de “hurto”. De hecho, el hurto y el desfalco son delitos distintos, ya que este último es el nombre común de los delitos de fruto y desfalco.
Para cometer el delito de hurto debe existir necesariamente violencia y/o amenaza grave de apropiación de un bien mueble ajeno, lo que pocas veces ocurre en el ámbito empresarial. A menudo, el desfalco practicado es sutil y puede generar grandes pérdidas antes de que se noten. Por esta razón es fundamental consultar al abogado penalista para recibir orientación sobre el mejor curso de acción.
La víctima de este delito debe ser muy cautelosa durante todo el procedimiento, desde la posible destitución del trabajador del cargo, la elaboración del atestado en comisaría, hasta la iniciación del proceso penal y el consiguiente seguimiento. En el proceso penal, el abogado puede participar activamente como auxiliar de acusación, lo que da lugar a la posible restitución de los daños sufridos, en caso de condena del empleado. Sin un abogado, la parte perjudicada difícilmente participará activamente en el proceso.
