
liberación provisional
La libertad provisional puede ser concedida por el juez a toda persona que haya sido detenida en el momento de cometer un delito (flagrante), siempre que no reúna los requisitos de prisión preventiva, previstos por la ley.
En situaciones de arresto en flagrancia, el individuo debe ser remitido, dentro de las 24 horas, a una audiencia/entrevista con el juez, de modo que se garanticen todos los derechos fundamentales. Esto se hace porque la detención puede haber tenido lugar ilegalmente, sin motivación, cuando en realidad no hubo delito, o incluso cuando el individuo no podía ser considerado responsable de esa acción.
Por ello, es de suma importancia contar con un abogado penalista presente en este procedimiento, y se le debe informar de la detención en el hecho a la mayor brevedad, a fin de prever la defensa de su cliente, así como participar en la audiencia con el juez, en cuyo momento solicitará la libertad provisional del reo. Si esta solicitud no es concedida por el juez, corresponde al abogado penalista proponer otras medidas apropiadas para poner en libertad a su cliente.
